Por: Luis Alberto Castro Salas

LA PRINCIPAL OBRA PÚBLICA: EL CATASTRO
El Catastro es el registro de todos los inmuebles de un territorio y los derechos que existen sobre ellos, individualizados a través de un sistema de coordenadas y expresado en un plano de mensura, donde se muestra la ubicación, limites, colindancias, medidas lineales, angulares y de superficie. Su actividad es imprescindible y su actualización debe ser permanente. Es la verdadera “garantía” al sistema de Registro de Derechos Reales.
A partir de entender este sistema legal vigente en el país, vemos la enorme necesidad de que los Municipios cumplan su responsabilidad constitucional de garantizar el Derecho propietario, por ello es necesario que cuenten con un sistema de Catastro que garantice la ubicación, limites, colindancias, medidas lineales, angulares y de superficie de acuerdo a los títulos invocados o a la posesión ejercida de cada espacio territorial, sea público o privado, urbano o rural ya que el crecimiento de las ciudades requiere conocer la totalidad del territorio y su estado de derecho, debiendo el INRA, una vez otorgada la dotación a un ciudadano, compartir la información territorial con el municipio respectivo, para la planificación territorial.
Los pasos a seguir deben orientarse a conseguir que el nivel central del estado transfiera la competencia exclusiva del Catastro Rural al Gobierno Departamental y este a su vez conformar una entidad técnica de administración territorial Departamental en la que estén representados los municipios, sectores productivos, CAO, CAINCO, bajo administración técnica de la Universidad Gabriel René Moreno, ya que es la única Universidad del país que tienen la responsabilidad de formar los profesionales que deben manejar esta institución: Ingenieros Agrimensores y Licenciados en Planificación Territorial.
Esta entidad técnica territorial, concentrará las actividades del Catastro Territorial y el Plan de Uso de Suelo, para garantizar el derecho y brindar seguridad jurídica y el desarrollo territorial ordenado y sostenible, además de ser la base de información para la planificación territorial Departamental.
En primer lugar, es necesario tener una Ley Departamental de Catastro que defina los parámetros generales que se deben aplicar en cada Municipio, para la implementación del Catastro.
Es muy importante resaltar la obligatoriedad de los ciudadanos de brindar todas las facilidades al organismo catastral para el levantamiento de datos que serán incorporados a la base de datos inmobiliarios donde a través del Código Catastral se genera una ficha con todos los datos del inmueble, sus características, medidas y su propietario o poseedor.
En segundo lugar, la tarea que deben realizar los Municipios, requiere de personal capacitado en la Administración Catastral ya que se debe tener un sistema único de coordenadas, que permita representar cada espacio territorial en un sistema global. ¿Dónde vives? en que zona? cuál es tu dirección? son preguntas frecuentes y muy necesarias para poder indicar con precisión la ubicación de un inmueble. Definir un espacio de territorio al que le corresponde un “derecho propietario” requiere de una tarea fundamental, básica, como es representar el mismo, en un sistema de coordenadas único, preciso, en una escala determinada. La ubicación, medidas, forma, límites y colindancias, deben estar representadas en un plano de mensura, donde cada vértice del polígono está referido al sistema de coordenadas, evitando “sobreposiciones” de derechos, por planos mal ejecutados. Esta tarea debe estar ejecutada por un Ingeniero Agrimensor.
En tercer lugar, definir metodologías para la determinación el valor de la tierra a nivel municipal, tomando en cuenta la infraestructura y los equipamientos en la zonificación a determinar, sin embargo, en la determinación de la tipología y el valor de las construcciones se deben utilizar categorías y valores a nivel departamental.
El Catastro en su esencia debe tender al ajuste entre posesión y título pues es muy común que exista alguna diferencia, por errores de replanteo, que difieren del plano de ubicación, documento utilizado por la mayoría de los municipios para identificar un inmueble. El concepto de “Mensura” en su contenido jurídico implica la interpretación, identificación y determinación de linderos y colindancias, medidas lineales, angulares y de superficie del derecho invocado y la posesión ejercida, expresada en un plano registrado en el organismo catastral.

EL PAPEL DEL INSTITUTO METROPOLITANO DE SANTA CRUZ EN TEMA TERRITORIAL
Hasta que se consiga la transferencia de competencias explicadas anteriormente, la misión más importante que tiene el IMSC-UAGRM, es proporcionar herramientas tecnológicas, profesionales especializados, proponer normas y establecer metodologías que permitan a los municipios administrar en forma adecuada el territorio y garantizar el derecho propietario, esto como la base fundamental para la planificación y el ordenamiento territorial, con proyección metropolitana.
Bases tecnológicas a través de: Estaciones de control para ajuste de mediciones dentro del sistema de Posicionamiento Global, que cubran todo el territorio del departamento de Santa Cruz.
Programa de capacitación en Sistemas de Información Geográfica Arc Gis, a los alumnos participantes del programa de actualización cartográfica digital.
Provisión de cartografía básica digital en escala 1:5.000 de las áreas urbanas municipales.
Oferta de profesionales especializados en Ingeniería en Agrimensura con orientación en Catastro y profesionales en Planificación Territorial, profesionales que garantizarán la ejecución y administración territorial adecuada para el desarrollo municipal.
Coordinación institucional con entidades multilaterales de cooperación para el desarrollo urbano.
Programa de capacitación en Sistemas de Información Geográfica Arc Gis, a los alumnos participantes del programa de actualización cartográfica digital.
Provisión de cartografía básica digital en escala 1:5.000 de las áreas urbanas municipales.
Oferta de profesionales especializados en Ingeniería en Agrimensura con orientación en Catastro y profesionales en Planificación Territorial, profesionales que garantizarán la ejecución y administración territorial adecuada para el desarrollo municipal.
Coordinación institucional con entidades multilaterales de cooperación para el desarrollo urbano.

APORTE ACADEMICO EN PLENO DESARROLLO:
Gracias al convenio de cooperación firmado entre la UAGRM y la Empresa iGEO, representante de ESRI, ha permitido disponer de 200 licencias del software Arc Gis lo que ha permitido capacitar con esta poderosa herramienta tecnológica de administración territorial a los alumnos de las carreras de Ingeniería en Agrimensura y Planificación Territorial.
Este programa de capacitación en Sistemas de Información Geográfica Arc Gis, ha permitido a los alumnos participantes desarrollar la actualización cartográfica digital de las áreas urbanas de la mayoría de los municipios del departamento de Santa Cruz, como un aporte a la conformación de una base de datos espaciales, imprescindibles para iniciar una planificación territorial en los municipios.
Oferta de profesionales especializados en Ingeniería en Agrimensura con orientación en Catastro y profesionales en Planificación Territorial, profesionales que garantizarán la ejecución y administración territorial adecuada para el desarrollo municipal.
Coordinación institucional con entidades multilaterales de cooperación para el desarrollo urbano.
El próximo paso es brindar capacitación del personal técnico municipal mediante convenios específicos.
Gestión para el saneamiento del derecho propietario, mediante programas de regularización correspondiente.
Elaboración de normas de control urbano municipal, propuestas de nuevas áreas urbanas planificadas, determinación de límites intermunicipales.
Gestión para la implementación del Observatorio Urbano, generando bases de datos disponibles para la planificación y el Ordenamiento Territorial del Departamento.
En cuanto al beneficio de los estudiantes, mencionamos que esta tarea de actualización cartográfica, les ha permitido elaborar sus Proyectos de Grado para titularse en la carrera de Ingeniería en Agrimensura. Hasta el momento han logrado hacerlo:
1.- NEIDA SEJAS PANOSO
ACTUALIZACION CARTOGRAFICA PARA CENSO.
2.- WILMA CABALLERO GALARZA
3.- LUIS FERNANDO CANAVIRI APACANI
4.- MIGUEL ANGEL CASSIA MALDONADO
ACTUALIZACIÓN CARTOGRÁFICA DE LA ZC-01 UV-299 CON APLICACIONES SIG
5.- YANETH XIMENA VICENTE TITO
6.- LUIS MARCELO SANCHEZ AMPUERO
7.- RUBEN DARIO TALAVERA MENDOZA
CATASTRO URBANO EN LA UV.209 BARRIO 25 DE JULIO DEL MUNICIPIO DE LA GUARDIA
8.- DIEGO JESUS BELLIDO VASQUEZ
CARTOGRAFIA DEL MUNICIPIO DE CAMIRI CON S. I. G. ARCGIS PRO
9.- RICHARD VIDAL ALCALA MAMANI
ACTUALIZACION CARTOGRAFICA DEL MUNICIPIO DE PUERTO SUAREZ APLICANDO SIG PARA LA ZONIFICACION ECONOMICA.
10.- ERWIN URQUIZO ROMERO
11.- JOSÉ ADRIAN RUIZ MAMANI
ACTUALIZACION CARTOGRAFICA DEL MUNICIPIO DE MORO MORO, APLICANDO SISTEMAS DE INFORMACION GEOGRAFICA ARCGIS PRO
12.- KELLY SANDRA VILLARROEL ATORA
13.- GERALDINE CANAZA GONGORA
ACTUALIZACION CARTOGRAFICA DEL MUNICIPIO DE COLPA BELGICA APLICANDO (SIG)
14.- ISAIAS ROJAS MAMANI
15.- CAROLA ROCHA GUTIERREZ
ACTUALIZACIÓN CARTOGRÁFICA DE LOS DISTRITOS MUNICIPALES 13 Y 2
16.-OLIVER ADHE VINACHA LASERNA
ACTUALIZACION CARTOGRAFICA DEL MUNICIPIO DE CUEVO CON SISTEMAS DE INFORMACION GEOGRAFICA ARCGIS PRO
ACTUALIZACION CARTOGRAFICA DEL MUNIOCIPIO DE SAMAIPATA UTILIZANDO SIG.
ORGANIZACIÓN TERRITORIAL
El territorio del Estado Plurinacional está organizado, de acuerdo a la CPE.
Artículo 269. I. Bolivia se organiza territorialmente en departamentos, provincias,
municipios y Territorios Indígena Originario Campesinos.
Se interpreta que el municipio es un espacio territorial íntegro.
La representación del territorio se realiza a través de mapas y cartas topográficas, tarea inherente al Instituto Geográfico Militar (IGM).
Los límites interdepartamentales, interprovinciales e intermunicipales deben estar bien determinados a objeto de una buena administración territorial, los que, en el tiempo, son inamovibles. Pero existe un límite que por su importancia es necesario que esté bien definido en todos los municipios del país, se trata del límite urbano o área urbana. Este límite se puede modificar con el tiempo, en función de la planificación del crecimiento urbano.
El área urbana está definida por un polígono que la encierra, pero además, este polígono define la aplicación del tipo del régimen legal de la propiedad, es decir: en el área URBANA se aplican todas las formas de adquirir la propiedad, establecidas en el Código Civil, en el área RURAL la tierra no titulada es del ESTADO, la otorga mediante un título ejecutorial, ha sido sometida a un proceso de SANEAMIENTO, condicionada al cumplimiento de la “Función Económico Social” (FES) pudiendo revertirla en caso de no cumplir dicha función.
La representación del territorio requiere de exactitud matemática, por lo que es necesario que cada país adopte un sistema de representación cartográfica, en nuestro caso adopta el sistema de Coordenadas Uniforme Transversal de Mercator UTM. Esta cartografía, está disponible a escala 1:50.000 la misma que es necesario ampliar a otras escalas que permitan representar una porción de terreno como por ejemplo una propiedad rural o una vivienda, de manera que todo el territorio esté representado en el mismo sistema de coordenadas.
El disponer de tecnología dentro de un sistema de posicionamiento global a través de satélites, ha facilitado que también podamos conocer con precisión, la ubicación, límites y colindancias de una propiedad, tanto en el área urbana como rural.
Esto permite interpretar el derecho propietario y ubicarlo con exactitud en el terreno, evitando miles de conflictos por sobreposición de derechos por planos mal ejecutados o coordenadas equivocadas.
Con ayuda de imágenes obtenidas por fotos aéreas o satelitales y algunos puntos de control en el terreno, se puede representar todo el territorio con coordenadas matemáticas y asignar a cada polígono de propiedad toda la información respecto al propietario o poseedor, uso de suelo infraestructura existente, servicios básicos, tipología de la construcción o mejoras, fotografía, documentos de propiedad, etc.
Esta cartografía es la base fundamental para la implementación del CATASTRO TERRITORIAL del Departamento, como herramienta fundamental de la garantía del derecho propietario, del desarrollo y administración territorial que permitirá a cualquier entidad que lo requiera contar con información tomada del terreno, actualizada mediante un censo inmobiliario y creando los mecanismos administrativos que permitan registrar en una sola entidad todos los cambios que puedan generarse de los mismos como ser: cambio de propietario, división o anexión, cambio de uso (construcción en terreno baldío) etc.
Nuestro país no tiene una Ley de Catastro, la Ley del registro de derechos reales es de 1888 y la constitución establece que la publicidad de los derechos reales (condición necesaria para garantizar el derecho) es responsabilidad de dos entidades, la oficina de Derechos Reales y el “organismo técnico Municipal”.
La gran responsabilidad es compartida entre Derechos Reales, que verifica el origen del derecho, su tradición, tracto sucesivo y el municipio que debe registrar y certificar mediante la aprobación del plano de mensura elaborado por un profesional de la Agrimensura que interpreta el derecho, identifica, para saber dónde está, delimita y representa ese derecho mediante el plano de mensura, que debe ser registrado en el Organismo Catastral Municipal.
Si bien la C.P.E. reconoce al Municipio como un espacio territorial que abarca toda una sección de Provincia y reconoce la Autonomía, hace pensar que también debe administrar y planificar todo su territorio, pero a través de las competencias que se le reconoce, reducen su actuar al área urbana, determinando competencia exclusiva para el nivel central del estado, la planificación y administración de las áreas rurales a través del INRA quien planifica asentamientos, sin coordinación municipal, dejando comunidades rurales abandonadas que al final, deben ser atendidas por los municipios.
El otro aspecto muy importante de la administración territorial es el Ordenamiento Territorial, en base al plan de uso de suelo. Es decir, definir las reglas de intervención del territorio, tomando en cuenta la capacidad de uso mayor de la tierra.
Muy a pesar de su escasa aplicación y cumplimiento, el Plan de Uso del Suelo representa para los intereses de Santa Cruz uno de sus mejores instrumentos de desarrollo económico y social. La práctica planificadora en nuestra región tiene vieja data. Hemos sido los pioneros de la planificación urbana a nivel nacional, y los resultados, muy a pesar de sus falencias y debilidades, están a la vista. Abarcar entonces todo el escenario espacial del Departamento, encabezando nuevamente esta práctica a nivel nacional, al margen de constituir un nuevo desafío, es un paso más que a los cruceños nos llena de la más humilde satisfacción.
La aprobación tardía de la Ley Departamental del Ordenamiento Territorial N° 315 (presentada el año 2012) y las modificaciones introducidas al PLUS mediante la Ley 316, complicaron más el control del uso de suelo, ya que las modificaciones realizadas erróneamente permiten desmonte en áreas de conservación. Esta falencia ha sido subsanada en la reunión de la Asamblea Legislativa Departamental (ALD) del día 22/09/25 en la Sesión Ordinaria 436.





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